El fiscal pide la absolución de seis de los procesados y retirar la pena a otros dos

El fiscal ha pedido la absolución de seis de los nueve condenados en el sumario 18/98 por su vinculación con la Fundación Joxemi Zumalabe, reducciones de pena para 30 y la retirada de la pena a otros dos. Sin embargo, mantiene la tesis principal de la sentencia de la Audiencia Nacional de que las organizaciones juzgadas son «terroristas» y forman parte del «holding de ETA».

MADRID-. La vista pública para estudiar los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a 525 años de cárcel a 47 ciudadanos vascos ha finalizado hoy en el Tribunal Supremo, con la exposición de los razonamientos del representante del Ministerio Público.

El fiscal Juan Ignacio Campos ha pedido la absolución de Mikel Aznar, Olatz Altuna, Sabino Ormazabal, Mario Zubiaga, Alberto Frías y Fernando Olalde, todos condenados a nueve y diez años (Olalde) de prisión por su vinculación con la Fundación Joxemi Zumalabe.

Además, ha planteado al tribunal que retire las penas a Natale Landa -condenada a once años de cárcel por la Audiencia Nacional-, y Mikel Zuluaga -diez años- al entender que no hay motivos suficientes para que fueran castigados.

Inicialmente, la Fiscalía solicitaba una rebaja de penas para 33 de los condenados,
y la absolución para cinco, pero ha modificado su petición, según ha dicho, tras
releer la sentencia.

Ahora, el Ministerio Público ha pedido reducciones de tres años para doce de los
condenados y de dos años para otros 18, al estimar que «dichas penas son más acordes
con los delitos cometidos».

Además, ha impugnado el recurso de nueve de los condenados.

«ETA es como un holding»

Campos no ha cuestionado el argumento principal del fallo de la Audiencia Nacional
española y ha mantenido que las organizaciones juzgadas son «terroristas» y están
incardinadas en ETA, por lo que «debe ser conceptuado como tal, aunque no se ocupen
de la realización de actos de esta clase».

«Cualquier organización -ha argumentado- necesita funcionar en esta sociedad con
varias patitas o personas que se ocupen de los distintos departamentos que la
configuran. No se plantea ninguna organización que no tenga unas personas dedicadas
a captar a otras o que no tenga algunas personas que saneen las finanzas, todos
ellos son, evidentemente, miembros de esa banda aun cuando algunos de ellos no vayan
a participar en ningún acto terrorista».

«Decimos que Kas y Ekin son entidades terroristas y nos da exactamente igual la
diferencia de si hay que considerar que ETA es como un holding y que Kas, Jarrai o
Segi son simplemente marcas de ese holding. Ese concepto sostenido por las defensas
es vació, lo único que nos interesa es que son organizaciones terroristas, aunque no
se encarguen directamente de actos de terrorismo», ha sostenido.

Principio de proporcionalidad vulnerado

El fiscal considera, sin embargo, que la sentencia de la AN vulnera el principio de
proporcionalidad de las penas porque «en todos los casos se fue al máximo de la pena
posible» sin una justificación.

«La motivación de la sentencia no parece en muchos casos son acusaciones circulares,
no se puede poner la pena más grave porque el hecho sea grave, hay que determinar
por qué se elige esta pena y no otra y esa explicación falta en la sentencia, no son
suficientes los argumentos con los que se expresa la sentencia», ha afirmado.

El fiscal cree que la sentencia «adolece del principio de razonabilidad de la pena
en todas las situaciones que se aplicó el máximo de la pena posible por terrorismo».

Por ello, ha abogado por «una bajada general de condenas para poner penas que
creemos más acordes al hecho cometido».

Zumalabe «no es tan peligrosa como para castigar a sus miembros»

En su opinión, «una de las custiones más delicadas» de la resolución recurrida, de
la que destaca que «tiene problemas técnicos importantes», es el relativo a la
Fundación Zumalabe, que según el tribunal especial «estaba llamada a desarrollar la
desobediencia civil como otra forma de lucha impulsada por ETA».

El fiscal ha recordado que esta fundación se creó en 1995 para prestar ayuda a los
movimientos populares y «ha venido cumpliendo esos objetivos», por lo que «se hacía
difícil la condena a esta asociación».

Además, ha defendido que si no se ha acordado la disolución de esa fundación «no es
tan peligrosa como para castigar a sus miembros».

En la vista pública también ha intervenido el fiscal Rafael Escobar, quien ha
mantenido que los peritos que declararon en el juicio no fueron parciales, como han
alegado las defensas.

Por su parte, la fiscal Pilar Martín Nágera ha hecho hincapié en que no han
prescrito los delitos contables y de alzamiento de bienes por los que han sido
condenados varios de los acusados.

El abogado de la AVT ha reclamado al Supremo que confirme las condenas.

Diario Público