
Este parece ser el resultado de años de debate sobre los derechos de la niñez en Argentina.
El Senado dargentino trata por estos días en la comisión de Labor Parlamentaria el proyecto de Ley que establece un nuevo régimen penal juvenil. El mismo que aun debe ser tratado en Diputados, fue aprobado en general por los senadores durante la última sesión, celebrada a principios de julio.
Según resumen sus autores el proyecto busca establecer un nuevo trato para los menores de edad hasta los 14 años que hayan cometido delitos sancionados en el régimen de mayores con penas mínimas de entre dos y tres años de prisión. La intención de la Ley según sus mentores es dejar fuera de la responsabilidad penal a las personas que, al momento de cometer el delito que se les impute, no alcancen la edad de catorce años. Para lo cual prevé que aquellos que tengan entre 14 y 15 años se los sancionará si cometen delitos cuya pena mínima privativa de la libertad sea superior a tres años. En el caso de los menores de entre 16 y 17 años, serán punibles sólo si cometen delitos penados con una pena mínima de prisión superior a los dos años.
Vale recordar que en 1994 la Convención de los Derecho del Niño fue incorporada a la Constitución Nacional, y a pesar de que muchos prestigiosos juristas sostuvieron que no era necesario una ley de aplicación nacional de la misma, la maquinaria de poder se encargó de que “el progresismo académico y judicial”, estuviera 10 años discutiendo la norma, que culminó con la sanción de la ley 26.061 de Promoción y Protección Integral de la niñez. Hoy tanto la Convención como la ley Nacional tiene ambigüedades que permiten mas de una interpretación, pero no obstante ambas normativas brindan los parámetros necesarios para construir un sistema de protección de la niñez. Y no solamente orientan sino que además exigen al Estado el cumplimiento de sus artículos. La génesis de la Convención es entender a los niños como sujetos de derechos, es decir nadie puede ejercer sus derechos por ellos, y es el Estado el responsable de garantizar las condiciones para su cumplimiento.
La Ley 26 061 tiene ya 5 años de sancionada y aun no ha sido puesta en práctica en nuestro país en su aspecto social. No han sido creados los resortes que permitan la construcción real de los centros interdisciplinarios de promoción y protección de la niñez en los municipios y barrios del país. Existen muy pocos y muchos menos son los que funcionan. No es teoría la que falta. No son teorías ni leyes las que faltan, lo que falta es la decisión política de distribuir las riquezas del país de manera más justa.
Algunos legisladores, incluso entendidos en el tema, que participan actualmente del proyecto de ley para la baja de la edad de imputabilidad de los niños, consideraron que sí, que hacen falta más leyes e inventaron un proyecto que propone encarar el tema de la forma más reaccionaria posible: actuar sobre las consecuencias del sistema, convirtiendo en victimarios a las víctimas y encarcelándonos para garantizar el “orden social”. Proponen que los niños vulnerados de todo derecho comiencen a ser consideramos sujetos con capacidad de ejercer sus propios derechos, recién al ingresar al sistema penal.
Les daremos la posibilidad de ejercer su ciudadanía cuando esta esté entre rejas. Proponen que los niños sean responsables, antes incluso de haberle garantizados sus derechos básicos, de haberles permitido comer todos los días, estudiar, jugar, curarse de sus enfermedades. Decenas de estudios sociales demuestran día a día que la violencia social esta engendrada en la inequidad, que la inseguridad de los sectores medios sobre su propiedad privada es directamente proporcional a la inseguridad alimentaría de los pobres y excluidos, sin embargo desde el propio “progresismo” se escuchan voces que defienden la necesidad de una ley que modifique la edad de punibilidad de los niños, bajándola de los 16 a los 14 años.
No es mi intención discutir este punto particular, porque considero que no es el centro del problema, bajar dos años la edad en que los niños pueden ser encarcelados solo tiene la explicación de calmar los miedos de las clases medias y altas de la sociedad, miedos fundados en hechos reales aislados que son deformados y generalizados mediante el gran show mediático donde por momentos los niños y adolescentes pobres, son el mal encarnado en personas, solo debemos temerles y en lo posible alejarlos, y porque no encerrarlos..
Este debate sobre edades de punibilidad, de imputabilidad y sus diferencias es engañoso, por momentos confuso y está hecho nuevamente a propósito. Otra vez el “progresismo” discute si hay que bajar la edad de imputabilidad (desde la cual se puede imputar a un niño por un delito) o hay que subir o bajar la de punibilidad (momento desde el cual se puede aplicar la ley penal a un niño). No perdamos más tiempo. Aquellos que creemos que los problemas sociales se resuelven con justicia y equidad, no perdamos más tiempo, actuemos para que el Estado desde todos sus organismos de aplicación cumpla con la Ley. Las leyes ya existen, es necesario exigir la decisión política de hacerlas cumplir. Es necesario crear movimientos sociales y políticos que digan BASTA de niñez pobre. Seguimos debatiendo a que edad encerrarlos en lugar de debatir cómo vamos a hacer para darles comida, educación, vivienda y salud. Seguimos pensando cómo hacer para administrar las causas de la injusticia social en lugar de poner en práctica mecanismos que conduzcan a la equidad. En nuestro país mueren 28 chicos por día por causas evitables, y la forma en que los legisladores consideran que debe comenzarse a resolver el problema es encerrando a los que queden vivos. Curiosa manera de concebir la justicia social.
Vanesa Salgado. Comunicadora Social. Estudiante de Maestría en Problemáticas Sociales Infanto-Juveniles. UBA