
NOTA DE PRENSA
Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura
mail: info@prevenciontortura.org WEB: http://prevenciontortura.org
Según ha podido saber la Coordinadora para la Prevención y la Denuncia de la Tortura el Gobierno tendría muy avanzado el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que pretendería poner a disposición del Parlamento antes de que acabe la legislatura.
Supuestamente, en la nueva LECRIM el papel principal de los jueces de instrucción será velar por las garantías y los derechos del sospechoso, pretendiéndose reforzar su posición de garantes del proceso. Si bien esto debería ser considerado como un avance en la buena dirección, es decir, subrayar el respeto de los derechos de la persona sometida a proceso penal, inmediatamente nos asaltan las dudas sobre el calado de esta reforma que se pretende tildar de “garantista”.
En concreto, según informaciones de agencia, en la nueva redacción legal “el plazo
de detención máximo será de 72 horas, prorrogables otras 48 horas en casos de
organizaciones criminales o terroristas”. Esta previsión se completa con la
extensión de este periodo, que según destacan agencias de información “hasta los 13
días”. Este plazo, que ya se instituía en la LECRIM anterior con cinco días de
incomunicación en manos de la policía, ampliable en otros ocho días de
incomunicación en prisión, ha activado recomendaciones de todo el arco de organismos
e instituciones de derechos humanos, tanto estatales como internacionales reclamando
la erradicación de este régimen de incomunicación. No es preciso recordar
exhaustivamente –por ser del conocimiento de todos- las críticas del calado de las
cursadas por varios relatores contra la Tortura, el Relator para la promoción de los
derechos humanos en la lucha antiterrorista o el Comité Contra la Tortura o el de
Derechos Humanos de Naciones Unidas. Precisamente, el Comité para la Prevención de
la Tortura del Consejo de Europa ha finalizado recientemente una visita al Estado
español, donde enfrentaba el análisis crítico de la detención incomunicada. Amnistía
Internacional aboga por la abolición de este régimen en sus informes anuales,
incluido el recientemente presentado. Y la Coordinadora para la Prevención y la
Denuncia de la Tortura se ha reiterado hasta la saciedad en esta línea.
Más aún, rechazando la derogación de la detención incomunicada, el Gobierno pretende
introducir medidas que aliviarían esa situación de incomunicación, presentadas como
“medidas de garantía”. Se menciona en concreto que “la estancia del detenido se
grabará y estará asistido cada ocho horas por un médico forense y por un facultativo
designado por el Mecanismo de Prevención de la Tortura”. Esta Coordinadora quiere
reiterar la mostrada 2 ineficacia de las dos primeras, pero además muestra su
estupor por la función designada ahora a dicho Mecanismo. Y es que es conocida
nuestra posición contraria a las competencias que se otorgan a la Institución del
Defensor del Pueblo para la gestión de este Mecanismo. Además de que se ha sustraído
completamente a la sociedad civil el debate sobre la naturaleza y funcionamiento de
este sistema de prevención, su ineficacia es absolutamente palmaria, en base a la
experiencia con la que contamos. Esta crítica ya ha sido puesta a disposición del
Subcomité Internacional del que depende este Mecanismo. La Coordinadora considera
que dotar de capacidades para la prevención de la tortura a un mecanismo que se ha
mostrado arbitrario en sus procedimientos e ineficaz en la prevención de la tortura
es una verdadera burla, más aún, cuando se pretende hacer con rango de Ley Orgánica
y en el marco de la regulación del procedimiento penal español.
Así, no podemos sino concluir que nuevamente y si no se le pone remedio
inmediatamente, el Gobierno trasladará al legislativo una propuesta que no cumple
con las recomendaciones internacionales y que ratifica un régimen que viene
indefectiblemente vinculado a la práctica de la tortura.
Julio de 2011