
El Poder Judicial ve inconstitucional la reforma penal
Jesús Duva.
Madrid
Un informe elaborado por la vocal Margarita Robles alerta de algunos aspectos del proyecto de Gallardón. La cadena perpetua revisable, dice el texto, no se impuso ni con Franco.
El pasado 22 de octubre llegó al Consejo General del Poder Judicial el texto del anteproyecto de reforma del Código Penal elaborado por el ministerio que dirige Alberto Ruiz-Gallardón. El análisis del texto fue encomendado a la vocal Margarita Robles Fernández, quien, tras hacerlo, se muestra muy crítica con algunas de las medidas proyectadas por el Gobierno. El dictamen de Robles será examinado mañana por la Comisión de Estudios del CGPJ y será elevado posteriormente al pleno del Poder Judicial. De ser aprobado por este órgano, supondrá un duro varapalo a la reforma penal impulsada por Gallardón.
El análisis de la magistrada Robles es especialmente crítico con las medidas estrellas del proyecto: la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad . Además, censura que el Gobierno sostenga que la finalidad de la reforma del Código Penal es acabar con la desconfianza social que hoy genera la Administración de Justicia por la “imprevisibilidad de sus resoluciones” “Este aserto no solo no se comparte, sino que se refuta categóricamente”, recalca Margarita Robles.
La prisión permanente revisable (una especie de cadena perpetua encubierta) constituye una novedad de calado, pues ninguno de los códigos penales españoles elaborados durante el siglo XX incluye la prisión a perpetuidad en el catálogo de penas. El informe pone de relieve las dificultades de adecuación de dicha pena con la finalidad de reinserción a la que deben estar orientadas las penas privativas de libertad, según establece el artículo 25.2 de la Constitución. La autora del dictamen pone así en duda la constitucionalidad de esta figura.
En el mismo orden de cosas, la ponencia elaborada por la vocal Robles desaconseja que haya una regulación de la prisión permanente diferenciada y “más severa” para los delitos vinculados con el terrorismo, y solicita que se establezca un régimen jurídico uniforme para todos los delitos.
La prisión permanente revisable solo se aplicará a terroristas
La reforma del ministro Gallardón introduce un nueva medida de seguridad para sujetos imputables: la custodia de seguridad. Esta medida tiene su origen en el Derecho alemán, si bien tanto el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como el propio Tribunal Constitucional alemán han declarado su inconstitucionalidad. El Tribunal Europeo destaca, además que, más allá de las apariencias, la custodia de seguridad, al ser una medida que solo está prevista respecto de personas que han sido condenadas repetidamente por delitos de cierta gravedad, que su régimen de cumplimiento es exactamente igual al de la prisión (y de hecho se prevé su cumplimiento en prisión) y que su supuesta finalidad solo preventivo-especial no se compadece con un régimen jurídico que entraña la posible privación de libertad de por vida.
“La custodia de seguridad se cumplirá después de la pena de prisión. Y aunque la ley fija una duración máxima de diez años, tras la custodia de seguridad se impondrá de modo obligatorio la medida de seguridad de libertad vigilada, que puede llegar a ser ilimitada a través del sistema de prórrogas que se establecen en la nueva regulación. De esta manera, se viene a configurar un sistema de medidas de seguridad ilimitadas en el tiempo para sujetos imputables”, recalca el informe.
Robles destaca que “en cuanto a la libertad vigilada, se amplían extraordinariamente los supuestos en los que podrá ser impuesta; ampliándose asimismo su contenido y como ya hemos dicho, su duración, que aunque en apariencia se fija entre tres y cinco años, puede convertirse en ilimitada a través de su prórroga”. Al imponerse la custodia de seguridad después de que el reo haya cumplido su pena de prisión, la vocal del Poder Judicial entiende que eso puede entrar en colisión con el régimen de libertad condicional, lo que “supondrá un retroceso en el régimen de cumplimiento”. Y censura con dureza que el anteproyecto del Gobierno no detalle las reformas legislativas de tipo penitenciario a que ineludiblemente dará lugar esta nueva figura, aunque el Ejecutivo “es consciente” de que obligará a una reforma de este tipo.
Margarita Robles discrepa de otros apartados de la reforma planeada por el Gobierno, entre los que destacan el tratamiento que en el Código Penal se daría a las mujeres maltratadas y a los causantes de esos maltratos, al entender que puede retraer a las víctimas a la hora de presentar denuncias contra sus agresores.
El País
El Poder Judicial español dice que lo de la cadena perpetua revisable «no se impuso ni con Franco»
En alemán, todos los sustantivos (nombres) se escriben con la primera letra mayúscula.
En español, por el contrario, solo los nombres propios o geográficos se escriben con la primera letra mayúscula.
La única excepción es la primera letra de una frase, que también va en mayúscula.
Gobierno, poder judicial, código penal, consejo general del poder judicial, etc…
… NO SON NOMBRES PROPIOS.
internete
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PD: En relación al texto, está claro que esta nueva ley está hecha al calor de las demandas de padres de chicas y chicos asesinados en circunstancias aberrantes.
Y en este contexto hay que entender:
1.- Que los asesinos se pasen el resto de su vida en la cárcel no va a devolverles a sus seres queridos.
2.- La venganza es la peor forma de tratar de parar un problema como este: Solo añade mas leña al fuego. Los fuegos se apagan con agua, no con leña.
3.- Los padres de los asesinados sufren lo indescriptible como es normal, pero para cerrar esta herida hay que pasar por el trance mas difícil: Perdonar aunque el asesino no se arrepienta. Permitan que sus seres queridos puedan descansar en paz… ¡Ellos ya no tendrían porque seguir sufriendo!… ¡La compasión es la única salida cierta!… ¡Dejen volar a sus hijos libres, que esta es la mejor (o la única) manera de mostrarles su amor, y a la vez dejar de sufrir!…
4.- Debemos tener claro que la prevención es la mejor arma en la lucha contra el crimen.
5.- Las estadísticas dicen claramente que desigualdad y violencia son dos variables claramente correlacionadas: Los países mas desiguales son también los mas violentos. La contraria también es cierta.
6.- Si prevenir es mejor que curar y la causa de la herida es la violencia-desigualdad, reduzcamos la desigualdad y eduquemos en la noviolencia.
7.- ¡Que fácil es decirlo!…
Cuando un niñato inconsciente comete un crimen irreversible, todos hemos muerto un poco y hemos fracasado como sociedad. Lo único «bueno» que tiene es que «siempre hay otra nueva oportunidad de volver a hacerlo, pero esta vez bien».
SIEMPRE…
(Las oportunidades de volver a hacer las cosas bien NO SE AGOTAN NUNCA… ¡Esta es la característica sustancial del universo!)
El miedo al castigo nunca frenó los instintos salvajes.
La conciencia y la empatía son los que realmente los frenan, A TODAS HORAS Y EN TODAS PARTES…
Siempre fue así, siempre es así y siempre será así…
Aquí, ahí y allí…
El Poder Judicial español dice que lo de la cadena perpetua revisable «no se impuso ni con Franco»
En algunas culturas (por ejemplo los aborígenes australianos) es costumbre no volver a pronunciar nunca los nombres de los fallecidos.
Según estas culturas «Así son completamente libres de las ataduras terrenales y pueden volver a LA FUENTE…»
internete
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PD: Y si en español no se escriben los nombres no propios en mayúsculas… ¿Porqué insisto tanto en escribir frases enteras en mayúsculas?…
Fácil: Porque una cosa es una frase Y OTRA UNA PANCARTA.
El Poder Judicial español dice que lo de la cadena perpetua revisable «no se impuso ni con Franco»
En fin… Y ya para terminar mis comentarios…
¡Buenas piernas tiene la jueza de la foto!
internete
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PD: ¡Coño!