
SEVILLA.- Un juez de familia, que fue duramente criticado en la sentencia
que obliga a la Junta de Andalucía a pagar 1,4 millones, ha rechazado
estas opiniones y ha abogado por no «condenar a los niños a la
institucionalización en orfelinatos». Dos menores fueron apartados
injustamente 10 años de su madre.
Francisco Serrano, del juzgado de Familia número 7 de Sevilla, ha
declarado que no tiene «ningún miedo porque otras veces me han puesto
‘de chupa de dómine’ y cuando el asunto ha llegado al Tribunal Supremo, en todas las ocasiones me ha dado la razón«.
Según el juez, es necesaria una reforma de la ley para que los
padres biológicos sean informados correctamente de lo que significa una
declaración de desamparo de sus hijos y no puedan oponerse a ella
pasados cuatro o cinco meses.
Esto debe ser así, según Serrano, porque los niños dados en acogimiento «desarrollan un entroncamiento con su nueva familia
que es imposible de romper, porque han creado un cariño y afecto con
quienes consideran sus verdaderos papá y mamá» y volver con los padres
biológicos les supone recuperar «un mal recuerdo».
En contra de la Audiencia, que considera «absurdo, sorprendente y
carente de todo fundamento legal» la decisión del juez de resolver la
indemnización a la madre de los hermanos, Carmen Fernández, en forma de
sentencia y no de auto, Serrano afirma que «por la cuantía, interés y
trascendencia del caso, primero de esta índole en España, lo llevé como
un juicio ordinario que debe acabar en sentencia y no en auto».
La máxima instancia judicial andaluza también consideraba el tema
zanjado y, por lo tanto, instaba a que la madre cobrara la
indemnización en el plazo de 20 días. Sin embargo, Serrano cree que se
trata de «dos criterios distintos que, en cuestión de Derecho, se
pueden discutir».
Añadió que el fiscal y la Junta de Andalucía, «que no son ignorantes
en cuestiones legales, mantuvieron esta misma posición y son ahora
quienes deben decidir» si recurren al Tribunal Supremo.
Este juez ha manifestado, además, que el Supremo le ha dado la razón en otros asuntos como la llamada ‘niña de Benamaurel’ de Granada
-una menor que en 2003 logró quedarse con su familia de acogida a pesar
de que se le ordenaba volver con su primera familia adoptiva- y ha
asegurado que «la ejecución de una sentencia en cuestión de menores es
muy difícil de llevar a cabo porque lo que hoy es así, mañana no puede
ser».
«Un niño no es una cosa estática» y entenderlo así «es condenarles a una política de orfelinatos y de institucionalización».
La Audiencia de Sevilla ha condenado a la Junta de Andalucía a
indemnizar con 1,4 millones de euros a Carmen Fernández por el
«calvario» sufrido con la retirada de sus hijos Iván y Sara en un
proceso al que tachó de «absurdo».
Para la sección sexta de la Audiencia, el proceso estaba «carente de
todo fundamento legal» y juez Francisco Serrano, «de manera subjetiva,
procedió a ampliar los plazos procesales» y dictó sus resoluciones en
forma de sentencia, y no de auto, «atribuyéndose facultades
legislativas».
La Junta asumió la tutela de los niños cuando tenían cuatro y cinco años,
en 1996, debido al alcoholismo que entonces sufría su madre. Los
menores fueron dados en acogimiento a una familia de Dos Hermanas
(Sevilla) y, aunque, una vez superada la enfermedad, la madre ganó
todos los pleitos, fue incapaz de recuperarlos.
Sara, la mayor, volvió voluntariamente con su madre en octubre de
2004, cuando contaba con 13 años de edad. Iván, por su parte, se quedó
con su familia de acogida.