
J.C. ROMERO | ELCHE
Su paciencia acabó el pasado martes, cuando uno de sus clientes, marroquí, fue detenido con el fin de proceder a su expulsión precisamente ayer jueves. Y eso que el 21 de julio había interpuesto recurso contencioso administrativo contra el proceso sancionador abierto contra él, solicitando la medida cautelar de suspensión de la ejecución del acto. «Hubo que correr», como recuerda, pero tras las gestiones de la magistrado-titular del juzgado, con llamada telefónica incluida, su cliente quedó en libertad a la espera de que se celebre la vista para la ratificación o el levantamiento de la medida de suspensión provisional de la orden de expulsión.
La abogada ilicitana Miriam Rebeca García Córdoba ha remitido un escrito al Defensor del Pueblo, «para poner en su conocimiento las prácticas que se están llevando a cabo de manera habitual por la Brigada de Extranjeros y Documentación de la Comisaría de Policía de Elche», en la ejecución de las resoluciones administrativas recaídas en expedientes sancionadores que acuerdan imponer la expulsión del territorio español.
En este sentido, y como la letrada explica en su escrito, «la Brigada aplica otros criterios propios que distan mucho de lo legalmente establecido, y ello a pesar de habérsele notificado en diversos casos, por autos dictados por el Magistrado de la Jurisdicción Penal y el Magistrado de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de la improcedencia de ejecutar un acto en el que se imponga como sanción la expulsión del extranjero del territorio español mientras no sea resuelta la medida de suspensión solicitada en el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el mismo».
Sin esperar
García recalca que «la cuestión radica precisamente en que se ordenase ejecutar la sanción sin esperar a su firmeza, y aún sin haber resuelto ni el recurso de reposición ni la solicitud de la suspensión». Todo ello «supone sustraer a la posibilidad del amparo judicial la decisión sobre la suspensión de le ejecución del acto, vulnerando así el derecho a la tutela judicial efectiva. Si la Brigada de la Comisaría de Elche pretende ejecutar una resolución administrativa en la que se acuerde imponer la expulsión del territorio español, no podrá hacerlo si el extranjero ha interpuesto recurso contencioso administrativa contra la misma, está admitido a trámite por el Juzgado, y habiendo solicitado en el mismo medida de suspensión, la misma se encuentra pendiente de resolver por el órgano judicial competente en el momento en el que se pretende proceder a la expulsión del extranjero del territorio nacional».
En el caso de su cliente marroquí, la letrada ilicitana asegura que «conocí su detención por su esposa, embarazada de siete meses, y no por la Brigada». Además, como recalca y refleja en el escrito al Defensor del Pueblo, los agentes se ratificaron «en que van a seguir con su criterio y a ejecutar resoluciones administrativas en las que se acuerde imponer la expulsión, pese a que se pueda acreditar que hay interpuesto un recurso contencioso administrativo contra la resolución, habiendo solicitado la medida cautelar. Es muy preocupante».
Diario La Verdad