La Revolución [liberal] no hizo nada propio ó mejor, nada nuevo. Resumió, dándole remate formal y aparatoso, el sentido individualista que había venido creciendo en la política y en la ciencia desde el Renacimiento, especialmente, y al que se debían las desamortizaciones españolas, los repartos de Luis XIV y Luis XV, las distribuciones y las Enclosure Acts de los ingleses. Bien pudo decir Le Play que “los vicios de la Revolución, cuanto más se estudian, más se ve que no ha sido sino la continuación ó la consecuencia de los abusos de del antiguo régimen decadente” (…) Conseguido el objeto principal, que era la gran reforma revolucionaria, se impuso el espíritu individualista que latía en su fondo, y vinieron los repartos y ventas de bienes comunales, las leyes sobre herencias y la destrucción de las comunidades familiares; de cuyo sentido no se apartó un ápice el Código de Napoleón, hasta merecer la célebre frase de Renan: “El Código de Napoleón está escrito para un hombre nacido expósito y muerto célibe”.

Rafael Altamira, Historia de la propiedad comunal.

El comú català. La història dels que no surten a la història

David Algarra Bascón

Ed. Potlach, Vilanova del Camí, 2015