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ANÁLISIS // EL CONTROL SOCIAL Y PUNITIVO DE LOS ESPACIOS PÚBLICOS

Luis de los Santos, abogado y miembro del Grupo 17 de Marzo – Sociedad Andaluza para la Defensa de los Derechos Humanos Individuales y Colectivos, sostiene que las ordenanzas municipales restringen derechos fundamentales.

A raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo de 29/09/2003 y de la Ley 57/2003 de Medidas para la Modernización del Gobierno Local comienza una vorágine de aprobación de ordenanzas municipales que intentan regular la utilización y el uso de los espacios públicos de la ciudad (ordenanzas cívicas en Valladolid, Barcelona, Sevilla, Santander…). Esta ley establece como infracciones muy graves “la perturbación relevante de la convivencia que afecte de manera grave, inmediata y directa a la tranquilidad o al ejercicio de derechos legítimos de otras personas”, y permite a los ayuntamientos legislar en estas materias. Se completa así, con la inclusión de los municipios junto al Estado y las Comunidades autónomas, la pirámide punitiva y de control social hacia los ciudadanos. Las reglamentaciones van a modificar, en la práctica, el ejercicio de derechos recogidos en la constitución, fuera claramente de las competencias municipales. La filosofía de estas ordenanzas –la criminalización de la pobreza y de la inmigración, la amplia discrecionalidad de la policía para sancionar comportamientos, la desproporcionalidad de las multas– consolida un nuevo derecho administrativo en el que, con la excusa de solucionar conflictos minoritarios, se limitan y restringen derechos fundamentales y libertades de todos. Así, el derecho de reunión y manifestación, de libre circulación, de intimidad, y el derecho al trabajo, entre otros, se ven afectados.

Un ejemplo es Andalucía. La Junta aprueba la Ley sobre Potestades Administrativas en Materia de Determinadas Actividades de Ocio en los Espacios Abiertos de los municipios de Andalucía (ley 7/2006, llamada antibotellón o antireunión). Esta ley, la más restrictiva del Estado, permite disolver concentraciones en las que no se esté consumiendo bebidas, sino simplemente “la realización de otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana”.

La Ley Antibotellón andaluza ¿Qué puede entenderse por poner en peligro la pacífica convivencia ciudadana? ¿A qué actividades se refiere? La redacción es altamente deficiente, lo que ocasiona una vulneración del principio de legalidad, ya que el ciudadano desconoce cuáles son las conductas reprochables. También genera una gran inseguridad jurídica, y provoca un difícil control jurisdiccional posterior a la hora de intervenir en los abusos producidos por la policía. En la práctica serán las directrices municipales y policiales las que determinarán a qué actividades se refieren y cuándo se pone en peligro la pacífica convivencia, dependiendo del momento. En Sevilla esta ley es desarrollada por la Ordenanza Municipal de Medidas para el Fomento y Garantía de la Convivencia Ciudadana en los Espacios Públicos, aprobada por el Gobierno municipal del PSOE e IU (ordenanza antivandálica), que entró en vigor el 18 de noviembre de 2008. El primer proyecto de ordenanza, calcada de la de Valladolid (gobernada por el PP), vulneraba los derechos de reunión, manifestación y libre expresión, entre otros. A pesar de la contestación y marcha atrás en algunos temas, se prevén nuevas ordenanzas para, por ejemplo, extender la videovigilancia a toda la ciudad. El Grupo 17 de marzo (17demarzo.org) está elaborando un informe jurídico, avalado por observadores internacionales, para mostrar todas estas vulneraciones. Hay que ejercer la acción política y jurídica para pedir la derogación de normativas que limitan los derechos civiles y políticos.

PANORAMA // HASTA 1.500 EUROS DE MULTA POR DAR DE COMER A LAS PALOMAS EN VALLADOLID

Víctimas del civismo

Pablo Elorduy, Redacción

Bajo nombres que apelan a la convivencia y al respeto, cada vez más ciudades del Estado español están aprobando ordenanzas que regulan de forma restrictiva los usos de los espacios públicos.

Nueva York, mediados de los ‘90, la ciudad vive consternada por el incesante aumento de asesinatos, los ciudadanos optan por quien les promete mano dura y eligen alcalde a Rudolph Giuliani, que llega con un plan debajo del brazo llamado Iniciativa por la Calidad de Vida. Pronto el proyecto es conocido por otro nombre, más ajustado a su sentido coercitivo: Tolerancia Cero. Desde ese momento, cruzar la calle por un lugar indebido, tocar la guitarra o montar en bicicleta da derecho a la policía para practicar detenciones.

Valladolid, 2004, el Ayuntamiento, en contra de un amplio movimiento vecinal organizado en torno al Foro por la Libertad de Expresión, aprueba la Ordenanza Municipal sobre Protección de la convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales. La norma establece sanciones de hasta 1.500 euros por infracciones tales como echar pan las palomas o reunirse con los amigos en la acera. Se produce un efecto llamada, más de 30 capitales de provincia, independientemente de las siglas que las gobiernen, copian y pegan el modelo de Valladolid. También ha sido habitual que estas normas se prepararan en secreto, sin participación vecinal. Como explica a este periódico el abogado Fernando Gómez, de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), “estas ordenanzas agrupan normas ya existentes desde hace muchos años. Lo que hacen es sistematizarlas y adecuar a los tiempos actuales las sanciones a imponer los métodos de control de las infracciones. Más castigo y mejor control”. Zaragoza, 2008, distintas asociaciones organizan protestas contra la llamada “Ordenanza incívica” que, en este caso, tiene el sobrenombre de Fomento de la Convivencia Ciudadana y Protección del Espacio Público.

Uno de los actos de protesta es una concentración durante la que se invita a los ciudadanos a hacer aquello que la ordenanza prohíbe: patinar, echarse una siesta en una pradera o comer pinchos de tortilla. Al final el Ayuntamiento de Juan A. Belloch modifica la Ordenanza. Recorrido comercial Recientemente, el Ayuntamiento de Madrid ha tenido que dar marcha atrás en su pretensión de prohibir el reparto de cualquier propaganda. Gómez considera que inicialmente “la Ordenanza no está destinada a la acción política, sin embargo su redacción, al ser tan amplia, puede llevar a interpretaciones ‘extensas’ de la norma”. Por cierto, este proyecto para mejorar el civismo incluye la colocación de cámaras de seguridad en los barrios del centro histórico.

Iván Miró, de la Assamblea de Barri de Sants, ha explicado a DIAGONAL, cómo se organizó la respuesta en Barcelona: “La oposición popular a la ordenanza tuvo varios frentes coordinados: uno era la Associació de Víctimes del Civisme, que englobaba a skaters, grafiteros, trabajadoras sexuales, gente de centros sociales okupados, etc., y luego estaba otra plataforma que impulsaban las asociaciones de vecinos, donde estaba más presente la gente dedicada al trabajo asistencial, asociaciones que trabajan con los sin techo o contra el racismo”. Miró considera que estas nuevas normas se relacionan con la “configuración de la marca Barcelona”, un proyecto de expansión urbana que ha querido dejar fuera a aquellos que no favorezcan o que se opongan a las actividades comerciales asociadas con el turismo y el aburguesamiento del centro. La ordenanza, reclamada por PP y CiU, fue aprobada con los votos de PSC y ERC en 2005, después de una campaña orquestada por el diario La Vanguardia. Para Miró “la ordenanza apunta directamente a la neutralización de las prácticas políticas rupturistas y cotidianas de los movimientos de base confrontados con el modelo capitalista de ciudad”. El artículo 14 de la Ordenanza discurre en esa dirección: “El Ayuntamiento no otorgará autorización para la celebración de eventos festivos, musicales, culturales, deportivos o similares en espacios públicos (…) que puedan poner en peligro la seguridad, la convivencia o el civismo”.

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El ‘ambiente de la calle’

El fenómeno social del botellón, asociado al ruido y a la conversión de la calle en un retrete, ha provocado una catarata de sanciones que no han logrado terminar con este modelo de ocio. No obstante, como señalan numerosas fuentes consultadas, otros aspectos como el ruido o la contaminación provocados por el tráfico, que también afectan al espacio urbano, no han preocupado a las administraciones con similar intensidad. Por su parte, Gómez cree que “la aplicación a rajatabla de este tipo de ordenanzas lo único que consigue es crispar el ambiente en la calle y aumentar los ingresos en las arcas municipales” con las multas. Las grandes víctimas de este civismo y de la “limpieza” de los centros históricos son los indigentes y los que ‘se buscan la vida’. En Barcelona, las sanciones –en muchos casos superiores al salario mínimo interprofesional– desplazaron a los vagabundos a barrios como L’Eixample o Montjuic.


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