
Manuel Luzón lamenta que existan jueces que conceden permisos desoyendo informes.
LA VOZ DE GALICIA (JESUS MANUEL GARCIA).- El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Alcalá de Henares, Diego Manuel Luzón, dice que España es uno de los países más flexibles en el cumplimiento de las condenas en el marco europeo. Tras la reforma del Código Penal en el 2003 hay, indica, una aproximación mayor entre el sistema penal español y el del resto de la UE. «Ahora se permite que en condenados por varios delitos graves o muy graves, en vez de aplicarse el límite máximo de cumplimiento de la pena, que era de hasta 25 años de prisión, y muy excepcionalmente de 30 años, ahora en algunos casos pueden llegar a 30 e incluso hasta 40 años».
En otros países europeos existe la cadena perpetua. Luzón considera que la situación española «se aproxima». «Cuarenta años de prisión, unido a que se ha endurecido muchísimo el sistema de concesión del tercer grado penitenciario, realmente sigue siendo prisión, pero la gente no lo sabe porque ven al sujeto durante el día en la calle y no por la noche. Ahora se han endurecido bastante los casos en que se puede conceder ese grado».
En delitos muy graves, como los de terrorismo o los de organizaciones criminales, ese tercer grado solo se puede conceder cuando han cumplido al menos una parte bastante superior a los tres cuartos de la pena. «Y la libertad condicional se concederá en casos de pronóstico favorable, solo si han cumplido siete octavas partes de la pena. Para esto se exige no solo el pronóstico, por parte de los expertos y del fiscal, de que ese sujeto no volverá a delinquir, sino que se pide que haya satisfecho la responsabilidad civil a las víctimas total o de modo parcial pero con garantías», señala el catedrático madrileño.
En el caso del terrorismo se exige, además, una declaración pública de abandono y repudio de la actividad terrorista, de petición de perdón a las víctimas e informe favorable de toda una serie de instituciones de que ese sujeto de verdad no está mintiendo.
PERMISOS DE SALIDA
Acerca de los permisos de salida se conceden a sujetos que no se consideran peligrosos y que se hallan en segundo grado, en fechas señaladas. Manuel Luzón recuerda que el juez antes tiene que oír los informes de los expertos penitenciarios y al Ministerio Fiscal. «Incluso ahora se pide que oiga también a las víctimas».
Aunque en España no hay cadena perpetua, Manuel Luzón explica que, estar en prisión 30 o 40 años, para algunos condenados, según su edad, equivale a cadena perpetua. Un límite sería, indica el profesor, si el condenado padece demencia senil u otro deterioro por razones de edad.