RAMÓN FERRANDO

Un magistrado del juzgado central de lo Contencioso Administrativo ha reconocido por primera vez la práctica del «mobbing» en la Guardia Civil. El juez considera que la depresión en la que cayó un agente de Benidorm se debió exclusivamente al acoso al que fue sometido por su superior. La sentencia advierte de que las prácticas de acoso laboral no resultan extrañas en «una organización fuertemente jerarquizada como es la Guardia Civil». El jefe de la unidad de Tráfico de Benidorm fue destituido después de que catorce agentes cayeran de baja por depresión en dos años. El fallo reconoce que el agente que ha denunciado el caso tiene derecho a cobrar una pensión de invalidez que equivale a dos veces su sueldo.

La sentencia, según la Agrupación Unificada de Guardias Civiles, aplica por primera vez de forma expresa el término «mobbing» en el ámbito militar. El abogado del Estado defendió en el juicio que el agente, que tiene 35 años, cayó en una depresión que le incapacitó para continuar de servicio porque padecía una alteración psicológica. El agente ingresó en la Guardia Civil en 1987 y en ningún momento sus mandos apreciaron nada extraño. Los problemas, según defendió con éxito el abogado Luis Santamaría, comenzaron en el año 2000 cuando se incorporó al destino un nuevo jefe. A partir de ese momento, tanto él como alguno de sus compañeros comenzaron a sufrir «situaciones arbitrarias, humillantes e injustas, así como agravios comparativos», según explicó Luis Santamaría. El juez apunta en los fundamentos de derecho que «efectivamente otros compañeros» del denunciante han obtenido la baja por la presión del mando.

El fallo advierte de que las circunstancias descritas por el agente que ha denunciado el caso ponen de manifiesto una situación que, denominada por la doctrina como mobbing, está definida «por la jurisprudencia del orden laboral. Se trata de la presión que se sufre el empleado de parte de sus superiores que consideran que su rendimiento no se acomoda a las expectativas de su destino para lograr generalmente que el mismo se despida o cause baja por enfermedad. Es decir, que desaparezca del entorno laboral donde presta sus servicios».

El juez descarta que la depresión del agente se deba a una enfermedad crónica como defendió el abogado del Estado. El magistrado insiste en que desde que el agente «ingresó en la Guardia Civil ha servido en diferentes destinos sin que en ninguno de ellos se haya manifestado complicación alguna de orden psicológico». El fallo anula la resolución del Ministerio de Defensa que declaró al agente inútil para el servicio por sufrir una enfermedad ajena al trabajo y obliga al Estado a que le pague una pensión que equivale al doscientos por ciento de su sueldo.

Manuel Martínez, portavoz de la AUGC, señaló que el diez por ciento de la plantilla de la Comandancia de Alicante «está de baja prolongada por problemas psicológicos. Esta sentencia es muy importante para nosotros porque reconoce que la presión se debe a la estructura jerarquizada de la Guardia Civil». Martínez precisó que «el más mayor de los catorce agentes de Benidorm jubilados por problemas psicológicos tiene 45 años».